La Renta Vitalicia es un contrato regulado en nuestro Código Civil que se formaliza en Escritura Pública ante Notario, mediante el cual las Personas Mayores de 65 años perciben una renta mensual durante el resto de su vida, a cambio de la venta de la nuda propiedad de su vivienda, pero manteniendo en todo momento el derecho de uso y disfrute vitalicio de la misma, y dejando de pagar para siempre los recibos del IBI, las derramas extras de la Comunidad y el seguro del continente de la casa.