Alternativas para mejorar la pensión de jubilación sin correr riesgos
La reforma de las pensiones prevé una serie de cambios muy significativos, como que pueden suponer una pérdida de hasta 8.000 € para los jubilados que accedan a esta de manera anticipada y voluntaria.
Por ello es muy importante acceder a alternativas económicas que puedan generarnos unos ingresos extraordinarios y fijos durante los años de nuestra jubilación.
4 fórmulas para obtener un sueldo de por vida que ofrecemos en Grupo Retiro
Se trata de un contrato, formalizado en Escritura Pública ante Notario, mediante el cual las Personas Mayores perciben una renta mensual durante el resto de su vida, a cambio de la venta de la nuda propiedad de su vivienda, pero manteniendo en todo momento el derecho de uso y disfrute de la misma.
Es decir, la Persona Mayor conserva el usufructo vitalicio de su vivienda, se garantiza de por vida el cobro de una renta mensual y se libera para siempre de determinados gastos de la vivienda, como son el IBI o Contribución, las derramas extraordinarias de la comunidad y el seguro de continente del hogar.
Es el producto destinado a las Personas Mayores con el que se obtiene una renta vitalicia mensual muy cuantiosa, logrando el complemento idóneo a su pensión de jubilación.
VENTAJAS
- Mantener el total uso y disfrute de su vivienda
- Dejará de pagar para siempre determinados gastos del inmueble
- Formalizar la operación no le supondrá ningún coste
- Fiscalidad de la Renta Vitalicia: disfrute del excelente tratamiento fiscal de las Rentas Vitalicias, ya que los mayores de 70 años tienen exento de tributación el 92% de las cantidades mensuales que perciben a través de este producto. Además, si la Renta Vitalicia Inmobiliaria se constituye sobre una vivienda habitual, al ser el contratante mayor de 65 años, la venta de la nuda propiedad de su vivienda no tiene ninguna repercusión en su IRPF.
Se trata de un crédito con garantía hipotecaria destinado a las Personas Mayores de 65 años propietarias de una vivienda, a través del cual la Entidad Financiera paga a éstas una renta mensual, con la particularidad de que la Persona Mayor no tiene que devolver en vida las cantidades recibidas ni los intereses como ocurre en una hipoteca normal, sino que la deuda que genera este producto financiero queda aplazada hasta el fallecimiento del contratante.
VENTAJAS
- Mantiene la titularidad de la vivienda.
- Recibir de por vida una renta mensual.
- Puede solicitar, si lo desea, una cantidad inicial con la que poder cubrir algún gasto pendiente de pago o tener un capital para posibles imprevistos en el futuro…
- Puede alquilar su casa, si por alguna causa no va a hacer uso de la misma.
- Fiscalidad: una de las grandes ventajas de las Hipotecas Inversas son sus beneficios fiscales, ya que están exentas de tributación.
Se trata de una fórmula inmobiliaria por la que el propietario de una casa vende dicha propiedad, pero sin dejar de hacer uso de la misma, ya que, junto con la transmisión de la vivienda que se formalizará en Escritura Pública, se realiza de forma simultánea un Contrato de Alquiler con el nuevo comprador por el plazo deseado por las Personas Mayores.
De esta forma, la Venta con Alquiler Garantizado, hace que las figuras de vendedor y comprador propias de cualquier compraventa se transformen automáticamente en inquilino y arrendador.
VENTAJAS
- Hacer efectiva la venta de su vivienda sin renunciar a su uso
- Resolver todas sus problemáticas económicas.
- Liberarse de importantes gastos generados por su vivienda
- Fiscalidad Alquiler Garantizado: benefíciese también de la excelente fiscalidad del leasebackpara los mayores de 65 años, ya que la transmisión de su vivienda habitual, está totalmente exenta de tributación en su declaración de Renta (IRPF).
Consiste en que el propietario de una vivienda(Persona Mayor) transmite la titularidad de su casa a cambio del cobro de una única cantidad y a la vez se reserva el derecho de continuar en el uso de su casa mientras viva.
VENTAJAS
- Dejarán de pagar para siempre los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles… y otros gastos generados por la vivienda. Los vendedores sólo deben asumir las cuotas ordinarias de la Comunidad, los recibos de los suministros y la tasa municipal de residuos urbanos/basuras
- Si realizan la operación sobre su vivienda habitual, tendrán una exención total en el IRPF (Declaración de Renta) respecto de la posible ganancia patrimonial.
- No deberán pagar ninguna clase de gastos, honorarios de Notaría, Registro de la Propiedad y Gestoría, ni impuestos.
- Tampoco deberán abonar el Coste del Certificado de Eficiencia Energética (CEE) que será asumido por GRUPO RETIRO.
Ya conoces las fórmulas con las que llevamos trabajando más de 25 años y en las que estamos especializados.