¿Cómo ayudar a tu padre o a tu abuelo a vender su casa?
Hoy en día, la inestabilidad económica es determinante, en muchos casos, en la subida o bajada de las pensiones de jubilación. Muchos hijos, nietos, familiares… ven como sus mayores, tras toda una vida de sacrificio y trabajo duro, terminan con una pensión de jubilación que ya no les permite mantener la calidad de vida de la que gozaban hasta el momento.
Esto resulta un poco injusto ya que, justo ahora, cuando tus abuelos o tus padres ya no tienen cargas familiares, hipoteca, personas a su cargo… y tendrían que destinar todo el dinero que perciben a vivir y disfrutar del tiempo libre; es cuando el “sueldo” que reciben por parte del estado se ve “recortado”, en muchos casos, de forma radical.
Por eso, cada vez más personas, ven una buena alternativa invertir en Rentas Vitalicias para complementar esta pensión de jubilación.
¿Qué es una Renta Vitalicia inmobiliarias y qué aportan?
Antes de introducirnos en este concepto, será necesario tener claro qué es la Nuda Propiedad de una vivienda: La plena propiedad de una vivienda está compuesta por Usufructo y Nuda Propiedad. Por lo que vender la Nuda Propiedad es vender la titularidad de la propiedad, pero no el usufructo de la misma. Por tanto, el nudo propietario de una vivienda no podrá disfrutar plenamente de la propiedad hasta que se extinga el derecho de usufructo (al fallecimiento del propietario actual / la persona mayor), momento en el que pasará a ser pleno propietario del bien.
Tras esta aclaración vemos que la Renta Vitalicia Inmobiliaria es un contrato, formalizado en Escritura Pública ante Notario, mediante el cual las personas mayores perciben una renta mensual durante el resto de su vida, a cambio de la Venta de la Nuda Propiedad de su vivienda, pero manteniendo en todo momento el derecho de uso y disfrute de la misma.
¿Cómo se calcula el valor de la Nuda Propiedad de un inmueble?
Se trata de un cálculo que se realiza teniendo en cuenta el valor del inmueble como la esperanza de vida de la Persona Mayor (de acuerdo a la edad y sexo del rentista, y según las Tablas oficiales del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Seguros) de esta manera se determinan las cuotas mensuales que la persona mayor va a recibir.
Cuanto mayor sea el valor de la vivienda y la edad de la/s persona/s contratante/s, mayor será la renta mensual a percibir.
De otra parte, hay que considerar el valor del uso y disfrute de su vivienda, ya que la utilización de la misma que la persona mayor se reserva de por vida tiene un precio de mercado. Este importe es equiparable a la cantidad total que a lo largo de su Esperanza de Vida representaría el alquiler de un piso de las mismas características y ubicación que su vivienda.
¿Qué requisitos son necesarios para contratarla?
Solamente serán necesarios dos requisitos: Ser mayor de 65 años y tener una vivienda en propiedad.
Es una de las vías más solicitadas, sobre todo, en los últimos años en los que las pensiones de jubilación se han visto muy afectadas por las fluctuaciones del mercado; para que tus padres o tus abuelos mantengan la misma calidad de vida que tenían antes de la jubilación y que puedan aprovechar ese nuevo tiempo libre en hacer lo que más les gusta: viajar, conocer otros países, disfrutar de sus amigos, familia… sin que la situación económica suponga un problema.
Además, las Rentas Vitalicias Inmobiliarias gozan de múltiples ventajas fiscales, ya que ya que los mayores de 70 años tienen exento de tributación el 92% de las cantidades mensuales que perciben a través de este producto. Además, si la Renta Vitalicia Inmobiliaria se constituye sobre una vivienda habitual, al ser el contratante mayor de 65 años, la venta de la nuda propiedad de su vivienda no tiene ninguna repercusión en su IRPF.
Si necesitas más información, puedes descargar toda la documentación sobre las Rentas Vitalicias.
Como lees ¡Son todo ventajas!
En Grupo Retiro tenemos más de 25 años de experiencia en este terreno, pregúntanos sin compromiso.