El usufructo y la herencia de nuestros padres…
El usufructo es un derecho de uso y disfrute de una cosa ajena, puede ser simple, o múltiple, dependiendo del número de personas que utilicen el bien al que tienen derecho. Puede originarse en un contrato (cuando el propietario regala o vende el usufructo a un tercero), o bien en una disposición legal. Pero el caso más habitual es que por testamento se autorice al usufructuario a vender la cosa usufructuada, en el caso de que por necesidad lo precise.
Entre los derechos del usufructuario se encuentra, como prioridad el uso y disfrute de la cosa, ya que existen bienes que no pueden usarse sin ser consumidos. Además se le otorga el derecho a percibir los frutos que obtenga el bien, es decir, los frutos que se recojan después de la constitución del usufructo pertenecen siempre al usufructuario, aunque se hubiesen comenzado a generar antes de percibir el derecho a la titularidad.
El usufructuario, también tiene derecho a mejorar el bien, del que podrá disfrutar, siempre y cuando no se altere su forma. Pero si hablamos, de derechos, hemos de mencionar también las obligaciones a las que se verá sometido el usufructuario, entre las que se encuentran, la de conservar el bien en su forma y sustancia sin dañarla, y prestar fianza como garantía del cumplimiento de estas obligaciones.
Por último, y tras haber hecho este breve resumen sobre los derechos y obligaciones del usufructuario, hemos de indicar que en los casos en los que la persona fallece sin dejar escrito su testamento, nuestra legislación se encargará de nombrar a los sucesores.