Jubilación anticipada, ¿puedo pedirla?

Jubilación anticipada, ¿puedo pedirla?

jubilación anticipadaActualmente, la edad de jubilación es de 65 años y 6 meses aunque a partir de 2018 cada año se va aumentando en dos meses cada año, de tal forma que en 2027 habrá que tener 67 años para poder jubilarse de forma ordinaria.Sin embargo, España se encuentra en un momento en el que la población activa que se encuentran cerca de la edad de jubilación está desempleada o es despedida mediante ERE, obligando a gran parte de ellos a pensar en la jubilación anticipada por la falta de recursos económicos para subsistir.

Requisitos para la jubilación anticipada

Si la jubilación es voluntaria o forzosa, hay unos factores condicionantes tales como los años cotizados que suponen una reducción de la cuantía percibida:

  • Si se tiene condición de mutualistaa 1 de enero de 1967, se podrá pedir la jubilación a partir de los 60 años.
  • Antigua jubilación a los 61 años: Aunque se trata del sistema antiguo, se mantiene vigente para personas que hayan sido despedidas antes de abril de 2013 y que no hayan vuelto a estar en activo.
  • Nueva jubilación a los 61 años: aplicable a personas que hayan sido despedidas después del 1 de abril de 2013 siempre que el despedido haya sido por causas objetivas (ERE, técnicas, producción, económicas, etc.).

Jubilación anticipada voluntaria

Hay que tener cumplida una edad inferior en dos años a la edad ordinaria de jubilación en cada año. Además de haber cotizado al menos durante 35 años.

Las reducciones que se aplicarán a este tipo de pensión son los siguientes:

  • Cotización menor de 38 años: 2% de coeficiente de reducción.
  • Cotización entre 38 y 6 meses y 41 años: 1,875% de coeficiente de reducción.
  • Cotización entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses: 1,7% de coeficiente de reducción.
  • Cotización a partir de los 44 años y 6 meses: 1,625% de coeficiente de reducción.

Jubilación anticipada forzosa

Sólo se puede acceder a ella a consecuencia de un despido. Al igual que la voluntaria a partir de 2013 y hasta 2017 se irá ampliando la edad, pasando de 61 años a 63. Hay que tener cumplidos una edad inferior en 4 años a la ordinaria de jubilación en cada año, estar dado de alta como demandante de empleo 6 meses antes de solicitar la jubilación y haber cotizado al menos 33 años.

Las reducciones que se aplicarán este tipo de pensión son los siguientes:

  • Cotización menor de 38 años y 6 meses: 1,875% de coeficiente de reducción.
  • Cotización entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses: 1,750% de coeficiente de reducción.
  • Cotización a partir de 41 años y 6 meses: 1,625% de coeficiente de reducción.

Jubilación anticipada para autónomos

En este caso, el autónomo debe tener como máximo dos años menos de la edad vigente de jubilación y haber cotizado durante 35 años. En cuanto a las reducciones, se aplicará un  coeficiente reductor de 7,5% por año de adelanto de la jubilación.

¿Cuál es la pensión mínima y la máxima?

La pensión máxima que puede recibir un pensionista es de 2.580 € al mes y la mínima es de 639 € en 14 pagas. La pensión media en España ronda los 1.080 €; sin embargo,  la pensión media que cobran los autónomos jubilados es de 720 € debido a que cotizan con bases más bajas.

Dada la inseguridad que provoca el actual sistema de pensiones, muchos jubilados buscan alternativas complementarias a la pensión. En Grupo Retiro te asesoraremos sobre las diferentes opciones que hay para vivir una jubilación sin sobresaltos económicos: nuda propiedad, renta vitalicia, hipoteca inversa…

 

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