Jubilarse a los 67
Con la nueva jubilación a los 67, en vigor desde primeros de año, se tendrá que trabajar y cotizar más para tener derecho al 100% de la pensión. Por lo tanto, aunque la normativa establece un periodo transitorio de 15 años, hasta concluir en 2027, para elevar de 65 a 67 años la edad legal de jubilación e incrementar de 35 a 37 años el periodo mínimo de cotización para poder cobrar la pensión máxima, no hay tiempo que perder. Se podrían llevar a cabo las jubilaciones a los 65, si para entonces se han sumado 38 años y 6 meses cotizados.
Con estas informaciones, y la dificultad que supondrá el obtener el 100% de la pensión, cogen fuerza productos como las Rentas Vitalicias ya que mediante esta modalidad la persona mayor de 65 años, titular de una vivienda, podrá obtener beneficio de ésta mientras vive en ella, recibiendo una renta mensual y además dejará de pagar los recibos del IBI, o derramas extraordinarias de Comunidad, ya que dichas obligaciones serían para las personas que adquieran la nuda propiedad, mientras la persona mayor sigue manteniendo de por vida del uso y disfrute de la misma. ¿Por qué no recibir una renta mensual con la que poder complementar la pensión percibida y así poder vivir de una manera más desahogada en mi retiro?