¿Qué es la Pensión No Contributiva y a quién beneficia?
En estos días, que el tema de la jubilación anticipada y las penalizaciones de la “reforma Escrivá” están en boca de todos, os queremos hablar de la modalidad y el acceso a las pensiones no contributivas. Actualmente, en España para jubilarte a los 65 años con la totalidad de la prestación en 2022, debes haber cotizado un mínimo de 37 años y 6 meses a la Seguridad Social; a esto se le conoce como pensión contributiva.
Si no llegas al mínimo, y para otras situaciones excepcionales, existe lo que se conoce como pensiones no contributivas, que son aquellas destinadas a gente sin recursos suficientes y que pueden ser una solución para esos casos de personas mayores que quieren acceder a la jubilación, pero apenas tienen ingresos o no llegan al mínimo de 15 años cotizados.
¿Quién puede acceder a estas prestaciones no contributivas y qué requisitos deben cumplir?
Para acceder a la pensión no contributiva, la persona mayor:
- Debe tener residencia en España.
- Los ingresos anuales deben ser inferiores a 5.899,60€. En el caso de convivir con familiares, se tienen en cuenta los ingresos del total de los miembros del hogar y se establece el mínimo según la siguiente tabla:

- Tener 65 o más años y residir en España, y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
Cuantía de las pensiones no contributivas
La cuantía individual de la pensión se calcula en función de las rentas personales y/o de las de su unidad económica de convivencia, pero no pueden ser inferiores a la mínima del 25%, ni superior a la íntegra.
Las cuantías de las pensiones no contributivas en 2022 serían las siguientes:

Otras alternativas para la jubilación
En Grupo Retiro llevamos más de 25 años trabajando con Hipotecas Inversas, Rentas Vitalicias y otros productos; que te garantizarán un sueldo para toda la vida que complemente tu pensión de jubilación; donde como requisito solo será necesario:
-Ser mayor de 65 años.
– Tener una vivienda en propiedad.
Del resto de los trámites nos encargamos nosotros. Llevamos más de 25 años consiguiendo grandes beneficios para las personas mayores que quieren aumentar su cuantía mediante su vivienda.
Para ello contamos con un gran equipo formado por abogados y profesionales de la economía y grandes asociaciones de mayores que nos respaldan y confían en nosotros cada año.