Hipoteca Inversa

glosario hipoteca inversa

GLOSARIO DE TÉRMINOS
de la Hipoteca Inversa

Resuelva sus dudas consultando la lista que le proporcionamos a continuación.

Si tuviera alguna otra duda o cuestión consúltenos, estaremos encantados de antenderle.


Se puede alquilar la vivienda, si bien, el titular de la Hipoteca deberá comunicárselo a la Entidad Financiera para que la misma conozca la existencia de este Contrato de arrendamiento y pueda verificar que el mismo se ha realizado conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

La deuda total de las Hipotecas Inversas estará formada por los gastos de constitución de la hipoteca, las cantidades mensuales percibidas y los intereses acumulados durante la operación de Hipoteca Inversa. La cancelación de dicha deuda deberá ser asumida por los herederos, si así lo desean éstos, dentro del plazo de un año desde el fallecimiento del titular. Si los herederos deciden no aceptar la herencia no tendrán ninguna responsabilidad sobre el crédito de la Hipoteca Inversa.

Es el importe que la Persona Mayor puede solicitar para cobrarlo en el momento de formalizar la Hipoteca Inversa, además de las cantidades mensuales que le correspondan. La cuantía máxima de esta primera disposición dependerá del valor de tasación de la vivienda, siendo aproximadamente de un 10% – 15% del valor de la propiedad.

En las operaciones de Hipoteca Inversa se diferencian dos etapas de cara a la fiscalidad de dicho producto. En un primer momento, mientras se perciben las cantidades mensuales a cargo de la hipoteca sobre la vivienda, dichas mensualidades no tributan en el IRPF (Impuesto de Renta). Posteriormente, si entrara en juego el Seguro de Rentas Vitalicias, las cantidades mensuales se contemplan como rendimientos del capital mobiliario y tendrán en el IRPF una exención del 92%. Por todo ello, la fiscalidad de las hipotecas inversas es excelente.

Es el seguro que en algunos casos deberá formalizarse simultáneamente con la Hipoteca Inversa para garantizar que el cobro de las cantidades o rentas mensuales sea con carácter vitalicio, es decir, hasta el fallecimiento de los titulares del inmueble.
La prima única de la contratación de este seguro no tendrá que ser abonada por la Persona Mayor, ya que su importe se incluye dentro de los gastos de constitución de la Hipoteca Inversa, que quedan financiados con el crédito, al igual que el resto de los gastos.

Es el valor de mercado que en cada momento establezca la Sociedad de Tasación con la que opere la Entidad Financiera. Este valor será la referencia para fijar el capital total disponible en el Crédito que estará en función del porcentaje máximo que en cada caso establezcan las diferentes Entidades. La Ley obliga a realizar previamente la tasación oficial de las viviendas sobre las que se constituyan Hipotecas Inversas.

OTROS DE NUESTROS PRODUCTOS INMOBILIARIOS

Ir a Renta Vitalicia Inmobiliaria

Renta Vitalicia Inmobiliaria

Ir a Venta Nuda propiedad

Venta Nuda propiedad

Venta con Alquiler GarantizadoIr a Venta con Alquiler Garantizado

Venta con Alquiler Garantizado