Renta Temporal con Anticipo en Cl Isaac Peral (Suances – Cantabria)

  • Renta Temporal de 2.000€/mes durante 7 años con anticipo de 65.000€
REF.15962
Suances a cinco minutos de la playa

Superficie:

109

Dormitorios:

2

Baños:

1

CONDICIONES DE LA OPERACIÓN

Valor de Mercado:

385.000 €

Valor de Vivienda:

Renta temporal durante 7 años de 2.000 €/mes y anticipo de 65.000€

Edad:

81

DESCRIPCIÓN

Hombre de 81 años y 2 meses, vende la nuda propiedad de su vivienda de 109 m2 en Cl Isaac Peral (Suances), que está valorada en 385.000 €.  El vendedor se reserva el usufructo vitalicio del inmueble

Se transmite a cambio de un anticipo de capital de 65.000€ y una una renta temporal a 7 años  de 2.000 €/mes

DATOS DEL INMUEBLE

  • DESCRIPCIÓN: MAGNIFICA VIVIENDA EXTERIOR con zonas comunes, a cinco minutos de la playa, en buen estado de conservación aunque será necesaria actualización. Consta de hall de entrada, pasillo distribuidor, salón-comedor con acceso a terraza, dos dormitorios (uno de ellos con balcón), cocina y baño completo. Tiene un camarote con ventana y velux, con posibilidad de hacer dúplex (tiene permiso de comunidad).
  • SUPERFICIE: EN CATASTRO: 109 m2 (vivienda 76 m2 , camarote de 14 m2 y 19 m2 elementos comunes).

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DATOS DEL INMUEBLE

2

Dormitorios

1

Baños

109

Dimensión

1990

Año de construcción

  • VPO: NO
  • ITE: Primera ITE en 2040
  • Superficie catastral: 109 m2

OTROS DATOS DE LA OPERACIÓN

PROVISIÓN DE GASTOS ESTIMADOS (Impuestos y Honorarios Grupo Retiro):

44.600€ (Persona física y jurídica)

CONDICIONES DE COMPRA

La Persona Mayor transmite la nuda propiedad de la vivienda a cambio de una renta temporal durante siete años mensual y constante, reservándose el usufructo de la misma hasta su fallecimiento o hasta su renuncia al mismo (en cuyo caso el importe de la renta mensual se incrementaría en un 20%), momento en el cual el comprador pasará a ser pleno propietario del inmueble.

Se garantizará en Escritura el pago de las 36 primeras mensualidades, abonándose a los herederos la diferencia en caso de fallecimiento del Rentista antes de que transcurran los 3 primeros años desde la firma de la Escritura.

El usufructuario ha solicitado reservarse en la Escritura el derecho a poder arrendar la vivienda.

GASTOS DEL INMUEBLE

Serán a cargo del comprador los recibos del IBI, las cuotas extraordinarias de Comunidad y el seguro del continente de la vivienda.
El resto de gastos, es decir, las cuotas ordinarias de comunidad, la Tasa municipal de Residuos Urbanos (si llegara a existir), seguro de contenido con responsabilidad civil y los recibos de los suministros serán a cargo del usufructuario.

 

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