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Renta Temporal con Anticipo en Cl Trece Rosas (Puerto Real – Cádiz)
- Anticipo de 30.000€ y RentaTemporal a 7 años de 1.545€/mes
Superficie:
Dormitorios:
Baños:
CONDICIONES DE LA OPERACIÓN
Valor de Mercado:
Valor de Vivienda:
Edad:
DESCRIPCIÓN
Hombre de 67, 03 años (04/1959) y mujer de 68,00 (06/1958). Venden la nuda propiedad de su vivienda de 131 m2 , plaza de garaje y trastero en Cl Trece Rosas (Puerto Real - Cádiz), valorados en 360.000 €. Los vendedores se reservan el usufructo vitalicio de los inmuebles.
Se transmiten a cambio de un anticipo de 30.000€ y una renta temporal a 7 años de 1.545 €/mes
DATOS DEL INMUEBLE
- DESCRIPCIÓN: ÁTICO EXTERIOR, con amplia terraza con vistas al mar, prácticamente nuevo. Consta de hall con acceso directo a salón con cocina americana con salida a terraza, despacho, dos dormitorios y dos baños, uno de ellos en suite. Junto a la vivienda se transmite una plaza de garaje y un trastero.
- SUPERFICIE: CATASTRO VIVIENDA: 131 m2 (vivienda 108 m2, zonas comunes 23 m2)
CATASTRO GARAJE: 43 m2 (garaje 18 m2, trastero 8 m2 y zonas comunes 17 m2)
OTROS DATOS
• Zonas comunes. Piscina
• VPO: NO. Vivienda libre.
• Condiciones de accesibilidad: Ascensor: SI (2). Acceso a portal: rampas
• Primera ITE en 2073
DATOS DEL INMUEBLE
Dormitorios
Baños
Dimensión
Año de construcción
- VPO: NO
- ITE: Primera ITE en 2073
- Superficie catastral: 131 m2
OTROS DATOS DE LA OPERACIÓN
CONDICIONES DE COMPRA
Las Personas Mayores transmiten la nuda propiedad de los inmuebles a cambio de un anticipo de capital más una renta temporal durante 7 años mensual y constante, reservándose el usufructo de los mismos hasta su fallecimiento o hasta su renuncia al mismo (en cuyo caso el importe de la renta mensual se incrementaría en un 50 %), momento en el cual el comprador pasará a ser pleno propietario de los inmuebles.
Se garantizará en Escritura el pago de las 72 primeras mensualidades, abonándose a los herederos la diferencia en caso de fallecimiento del Rentista antes de que transcurran los 6 primeros años desde la firma de la Escritura.
Los usufructuarios han solicitado reservarse en la Escritura el derecho a poder arrendar los inmuebles.
GASTOS DEL INMUEBLE
Serán a cargo del comprador los recibos del IBI, las cuotas extraordinarias de Comunidad y el seguro del continente de la vivienda.
El resto de gastos, es decir, las cuotas ordinarias de comunidad, la Tasa municipal de Residuos Urbanos (si llegara a existir), seguro de contenido con responsabilidad civil y los recibos de los suministros serán a cargo de los usufructuarios.
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