El Banco de España publica la guía de acceso a la Hipoteca Inversa

El Banco de España publica la guía de acceso a la Hipoteca Inversa

Banco de EspañaEl Banco de España ha elaborado conjuntamente con la Dirección General de Seguros, la Guía de Acceso a la Hipoteca Inversa para que los destinatarios de este producto, es decir, las Personas Mayores y sus entornos familiares, cuenten con un documento oficial donde conocer con detalle el funcionamiento de esta vía de financiación para las Personas Mayores.

Su publicación, en junio de 2015, llega con cierto retraso, ya que responde a un mandato del año 2011 recogido en la Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. En cualquier caso, lo importante es que con su elaboración se completan las actuaciones recogidas en dicha Orden para garantizar la transparencia en la contratación de este producto, lo que redunda en la protección de la Persona Mayor.

La guía, que se puede descargar en el siguiente enlace: Guía de Acceso a la Hipoteca Inversa, analiza las características más significativas de este tipo de créditos: su duración, la renta a percibir, el modo de cancelar la hipoteca por parte los herederos, etc.

En uno de sus apartados la Guía aborda el régimen de transparencia establecido para la Hipoteca Inversa mediante la Orden Ministerial ya referenciada. Este es un aspecto de especial trascendencia para la protección de la Persona Mayor, y como recuerda la Guía, el Notario debe cerciorarse de la existencia de dicho asesoramiento independientey dejar constancia del mismo en la Escritura. Grupo Retiro facilita sus servicios de intermediación financiera independiente especializados en el producto de Hipoteca Inversa conforme a la Ley 2/2009, estando inscritos a este efecto en el Registro estatal de empresas regulado por el RD 106/2011 con el número 309 – sección segunda.

La Guía también recuerda, como marca la Disposición Adicional 1ª de la Ley 41/2007 en su apartado 6, que cuando “los herederos del deudor hipotecario decidan no reembolsar los débitos vencidos, con sus intereses, el acreedor sólo podrá obtener recobro hasta donde alcancen los bienes de la herencia”, es decir, que es una característica especial de la Hipoteca Inversa frente a otros créditos hipotecarios el hecho de que si los herederos aceptan la herencia pero no devuelven el crédito, la ley limita el recobro de la deuda a los bienes de la herencia sin afectar al patrimonio previo de los herederos.

En GRUPO RETIRO le facilitamos un estudio gratuito y sin compromiso de las condiciones que podría obtener contratando una Hipoteca Inversa y le asesoramos sobre todas sus particularidades.

 

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