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¿Qué gastos asume la Persona Mayor al formalizar una Renta Vitalicia Inmobiliaria?

¿Qué gastos asume la Persona Mayor al formalizar una Renta Vitalicia Inmobiliaria?

Una de las grandes ventajas de la Renta Vitalicia Inmobiliaria es que permite a las Personas Mayores obtener una renta mensual de por vida sin renunciar al uso y disfrute de su vivienda. Además, se libera de una serie de gastos asociados al inmueble y no asume costes de tramitación.

Gastos de la vivienda que deja de asumir la persona mayor

Cuando se formaliza una Renta Vitalicia Inmobiliaria, el usufructuario queda exento de pagar ciertos gastos que habitualmente recaen sobre los propietarios de un inmueble:

– IBI o Contribución: El Impuesto sobre Bienes Inmuebles pasa a ser responsabilidad del nuevo propietario.

– Derramas extraordinarias de la comunidad: Las mejoras o reformas en zonas comunes ya no serán una preocupación económica.

  • Seguro de continente del hogar: El coste de asegurar la estructura del inmueble también queda cubierto por el adquirente.

De este modo, la Persona Mayor puede disfrutar de su hogar sin cargas económicas adicionales, lo que permite destinar la renta mensual percibida a mejorar su calidad de vida.

 

Gastos que la persona mayor deja de asumir

Una de las grandes ventajas de la Renta Vitalicia Inmobiliaria es que el usufructuario no asume ningún coste derivado de la operación:

  • – Notaría y Registro de la Propiedad

– Honorarios profesionales de tasación

– Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP)

– Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD)

– Plusvalía municipal

Todos estos gastos son asumidos por el adquirente, lo que garantiza una operación sin costes ocultos para la Persona Mayor.

 

Ventajas fiscales para mayores de 70 años

Las Personas Mayores que formalizan una Renta Vitalicia Inmobiliaria disfrutan de un tratamiento fiscal ventajoso. Aquellos que tienen más de 70 años están exentos de tributar el 92% de las cantidades percibidas en su declaración de la renta.

Además, si en un futuro la Persona Mayor decide trasladarse a una Residencia de Tercera Edad, podrá seguir percibiendo la renta vitalicia, lo que facilita el pago de los costes del centro sin comprometer su bienestar económico.

 

¿Quiénes pueden contratar una Renta Vitalicia Inmobiliaria?

La Renta Vitalicia Inmobiliaria está dirigida a personas mayores de 65 años que desean vender la Nuda Propiedad de su vivienda a cambio de una renta mensual, manteniendo el derecho de usufructo vitalicio sobre el inmueble.

Grupo Retiro te acompaña en cada paso, ofreciéndote asesoramiento experto y personalizado para garantizar que tu decisión se ajuste a tus necesidades y te proporcione la tranquilidad que mereces.

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