Residencia de ancianos: ¿cómo pagarla?

Residencia de ancianos: ¿cómo pagarla?

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Actualmente muchas Personas Mayores no cuentan con los recursos económicos necesarios para financiarse la estancia en una Residencia. Más aún teniendo en cuenta la situación actual de crisis en la que se han visto congeladas muchas pensiones, se han producido y se prevén recortes en sanidad y en políticas sociales que hasta ahora solucionaban la problemática de muchas personas que necesitaban trasladarse a un Centro de Mayores u obtener una ayuda a domicilio. Incluso, en numerosas ocasiones son los propios hijos de nuestros mayores los que buscan desesperados una forma de obtener financiación para poder atender económicamente a sus padres. Como alternativa a esas situaciones existen productos financieros que les pueden proporcionar una solución: la Renta Vitalicia Inmobiliaria, la Hipoteca Inversa y el Seguro de Rentas Vitalicias Dinerarias.

Cada producto tiene unas características diferentes que se adaptan a las distintas circunstancias en las que se encuentra la Persona Mayor, pero los tres permiten complementar la pensión con unos ingresos extra mensuales y para toda la vida. Grupo Retiro, empresa pionera y líder en España ofreciendo soluciones financieras a las Personas Mayores, lleva más de 15 años asesorando sobre los productos que en cada caso concreto mejor se ajustan a las diferentes necesidades. Actualmente, comercializa los tres productos y realiza un estudio gratuito y personalizado de cada uno de ellos.

La Renta Vitalicia Inmobiliaria es un contrato mediante el cual una Persona Mayor percibe una pensión mensual durante el resto de su vida, a cambio de la cesión de la propiedad de su vivienda pero manteniendo el derecho de uso y disfrute de la misma. Esta fórmula está destinada principalmente a las personas mayores de 65 años, propietarios de pisos que generalmente estén libres de cargas, y que deseen vivir lo mejor posible con sus propios recursos económicos a través de una adecuada gestión de su patrimonio inmobiliario y, todo ello, sin perder la referencia que supone seguir viviendo en su casa de siempre. Además, si la Persona Mayor renuncia al usufructo de la vivienda para irse a vivir una Residencia la Renta mensual se incrementaría de forma considerable. De esta manera, la Persona Mayor puede contratar una Renta Vitalicia mientras sigue viviendo en su casa y así pagar, por ejemplo, la asistencia a domicilio que pudiera necesitar y cuando lo desee trasladarse a una Residencia, a la vez que incrementa su renta mensual.

Por su parte, la Hipoteca Inversa es un préstamo con garantía hipotecaria destinado a personas mayores de 65 años propietarias de una vivienda, a través del cual las Entidades Financieras y Compañías Aseguradores que las comercializan pagan a estas personas una renta mensual, con la particularidad (y de ahí su denominación) de que la Persona Mayor no tiene que devolver en vida las cantidades recibidas ni los intereses como sucede con una hipoteca normal, sino que la deuda se va acumulando y su cancelación queda aplazada al fallecimiento del contratante. Con la Hipoteca Inversa la Persona Mayor se asegura una renta mensual sin perder la titularidad de su vivienda. Por lo cual, también puede seguir viviendo en su casa y cuando lo desee trasladarse a una Residencia, sin embargo con este producto su renta no variará.

Por último, mediante el seguro de Rentas Vitalicias Dinerarias, la Persona Mayor puede planificar la inversión del capital que haya obtenido, por ejemplo, de la venta de su vivienda para asegurarse igualmente el cobro de una renta mensual para toda la vida. Se trata de una modalidad de los seguros de vida-ahorro en el que una Compañía de Seguros garantiza al contratante el cobro de una Renta periódica hasta su fallecimiento (modalidad vitalicia) o durante el período que se establezca (modalidad temporal), a cambio del pago de una Prima Única, es decir, por la aportación de una cantidad de dinero / capital por una sola vez. Esa Renta (generalmente mensual, aunque también puede percibirse trimestral, semestral o anualmente) que pagará la Entidad Aseguradora incluye el pago de unos intereses que pueden llegar a ser muy atractivos, y que en la actualidad, se retribuyen a un tipo de interés anual superior al 3%.

De cualquier modo, el problema de cómo pagar las cuotas de una Residencia cuando no se tiene el capital necesario quedaría resuelto para todas aquellas Personas Mayores que decidan rentabilizar su patrimonio inmobiliario, es decir, su vivienda mediante una Renta Vitalicia Inmobiliaria, de una Hipoteca Inversa o de un Seguro de Rentas Vitalicias Dinerarias.

Caso Práctico
Mujer de 80 años con una vivienda de 200.000 € en Madrid capital.

* Si Usted quiere mantener el uso y/o la propiedad de su vivienda:

– Con una Renta Vitalicia Inmobiliaria: 873 € mensuales, con reserva del usufructo de la vivienda y liberando el pago del IBI, derramas extraordinarias y seguro del continente de la vivienda. Si renunciara al uso y disfrute de la vivienda la mensualidad tendría un incremento mínimo de un 40%.

– Con una Hipoteca Inversa: 610 € mensuales.

* Si Usted quiere vender su vivienda: el dinero obtenido por a través de la venta de la vivienda se colocaría en parte o en su totalidad a través de un Seguro de Rentas Vitalicias.

– Si la prima aportada fuera de 100.000 €: 790 € / mes vitalicios.

– Si la prima aportada fuera de 200.000 €: 1.610 € / mes vitalicios.

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